Entra en vigor oficial factura 3.3
Después de varios meses de pruebas para realizar la migración para la facturación electrónica 3.3, a partir del primero de enero de 2018 entró en vigor oficial esta nueva versión como único medio de comprobación fiscal, por lo que todos los contribuyentes que expiden facturas tendrán que hacerlo con la nueva versión.
La nueva factura electrónica incorporará información más específica que ayudará a recabar más datos como: información sobre los pagos recibidos para identificar las facturas que se pagan de manera total o parcial, la forma en la que se realizó el pago, el momento de la causación de IVA y aquellos pagos hechos que se facturaron de manera previa.
Por su parte, entre los principales cambios que se tienen en esta nueva versión se incorporan los recibos electrónicos de pagos, la estandarización en el registro de la información para identificar claves de productos o servicios, la unidad de medida, la identificación por concepto de impuestos y descuentos aplicables, además se incluyen 46 reglas de validación.
Con la aplicación de estos cambios los contribuyentes no sólo tendrán que hacer las modificaciones correspondientes en la emisión de las facturas, sino que también tendrán otras implicaciones como, por ejemplo, la emisión del complemento de pago cada vez que se realice la remuneración del pago de servicios.
Para poder hacerlo los contribuyentes tendrán que emitirlo cuando se haga un pago parcial o se liquide la factura correspondiente, con esto la autoridad podrá estar enterada de cuándo se realizó la remuneración por el concepto, ya que en muchas ocasiones se hace hasta varios días después de la emisión de la factura.
Por el momento la emisión de complemento de pagos se realizará sólo si el contribuyente así lo decide, sin embargo, en abril tendrá que efectuarse de manera obligatoria.
De acuerdo con Yamilee Dávalos Rosillo, Gerente de Facturador Contable en Factuador.com, otro de los temas que más dificultad está presentando a los contribuyentes es la unificación de la información a través de los catálogos establecidos por el SAT. “El contribuyente puede describir su actividad, producto o servicio como quiera, pero se debe asemejar a una de las descripciones de actividades en el catálogo del SAT, que se compone por más o menos 60 mil productos y contempla una gran variedad de actividades”, comentó Dávalos Rosillo.
Debido al reto que representa la elección correcta de estos catálogos, el SAT no sancionará durante los primeros meses a quienes emitan la factura con algún error, pero a partir de julio todos los CFDI con errores serán acreedores a multas.
Es por ello que Dávalos Rosillo exhortó a quienes aún tienen dudas sobre cuál es el catálogo que necesitan usar para emitir sus facturas a que se acerquen de inmediato al SAT o un Proveedor Autorizado en Certificación (PAC) como Facturador.com para que puedan resolverlas y emitir correctamente sus CFDI y evitar así cualquier multa o problemas posteriores en sus declaraciones de impuestos.
Para que no tengas contratiempos con la emisión de las facturas electrónicas en la nueva versión, en Facturador.com tenemos una solución para ti, con nuestro sistema en línea podrás validar CFDI 3.3, descargar XML del SAT, emitir tus facturas y todo lo que requieras para cumplir con tus obligaciones fiscales, contáctanos y un asesor resolverá todas tus dudas.