Nuevo esquema de cancelación de CFDI 4.0: todo lo que necesitas saber
Uno de los cambios más importantes que dejó la Miscelánea Fiscal 2022 y que sigue causando revuelo, es la cancelación de CFDI. Esta actualización tiene el objetivo de acabar con prácticas inadecuadas por parte de los contribuyentes, como la cancelación indebida, sin conocimiento o aprobación del receptor.
Con los cambios en la Reforma Fiscal 2022, los comprobantes solo se podrán cancelar siguiendo el proceso estipulado, en el que se debe indicar la razón de la cancelación, solicitar autorización al receptor y relacionar el comprobante cancelado con el nuevo.
La normativa referente a la cancelación del CFDI se encuentra en las reglas 2.7.1.38 y 2.7.1.39 del Artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación.
¿Cómo cancelar un CFDI 4.0 a través de la página del SAT o por medio de un proveedor?
El procedimiento de cancelación del CFDI 4.0 cambió con respecto a la versión 3.3. Anteriormente, para reemplazar un comprobante se cancelaba primero y luego se volvía a emitir. Con esta nueva versión primero se emite el comprobante que lo sustituye y luego se cancela el anterior, y si se debe usar la clave 01 para señalar la sustitución del comprobante.
El procedimiento de cancelación del CFDI es:
El emisor envía una solicitud de cancelación de factura a través del Portal del SAT o de su proveedor de certificación.
Al realizar la cancelación se deben indicar las causas conforme a las siguientes claves:
- 01. Comprobantes emitidos con errores con relación.
- 02. Comprobantes emitidos con errores sin relación.
- 03. No se llevó a cabo la operación.
- 04. Operación nominativa relacionada en una factura global.
En caso de que se vaya a realizar la sustitución del comprobante a cancelar, se debe añadir la clave 01 de comprobantes con errores y con relación, además de indicar el folio fiscal del comprobante que lo va a sustituir. Se debe enviar la solicitud de cancelación al receptor de la factura.
El receptor recibirá un mensaje en su Buzón Tributario indicando que existe una solicitud de cancelación, la cual debe aceptar o rechazar a través del Portal del SAT o por el proveedor de certificación que utilice.
El plazo de aceptación del comprobante es de 3 días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la solicitud. De no emitir respuesta el receptor, la solicitud se considerará como positiva ficta y se cancelará el comprobante
En caso de que la solicitud de cancelación no requiera la aceptación del receptor, se cancelará la factura de forma inmediata.
Para las facturas globales emitidas por personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), el proceso de cancelación no es aplicable.
¿En qué casos se puede cancelar un comprobante fiscal?
Las facturas se pueden cancelar en los siguientes casos:
- Comprobantes con un error en los datos.
- Comprobantes emitidos a un RFC equivocado.
- Comprobantes emitidos, pero sin que se haya concretado una operación, por ejemplo, el pago de un cliente.
- Cuando se incluye una venta en la factura global de operaciones y un cliente solicita una factura nominativa. En este caso se tendrá que cancelar la factura global y reexpedirla.
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