Este mes habrá visor de nómina para ejercicio 2019-2020
Publicada su primera versión apenas en octubre pasado, el visor de nómina del Servicio de Administración Tributaria (SAT) se desarrolló con el fin de brindar una herramienta a patrones y asalariados que les permitiera conocer su situación fiscal relacionada con pagos hechos o recibidos para el ejercicio 2017-2018 y, así, preparar la declaración anual presentada en abril de este año; en agosto podríamos tener disponible la información para ir poniendo en orden todo esto con vistas a la de 2020, según Patricia Delgado Medellín, Administradora Central de Declaraciones y Pago del órgano tributario.
Esta aplicación, disponible en el portal de internet del SAT, muestra los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) y el desglose de retenciones hechas a los empleados, datos que tanto ellos como sus empleadores podrán visualizar al ingresar con su clave de Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y contraseña o firma electrónica.
Algunas de las ventajas que representa la herramienta son:
- Transparencia en la emisión de comprobantes: los recibos de nómina llevan consigo la información concerniente a las retenciones por concepto de impuesto sobre la renta (ISR), seguridad social y prestaciones.
- Verificación de pagos: los recibos de los trabajadores pueden ser vistos por el patrón de forma individual y acumulada, mientras que los primeros también tienen el acceso a consultar su propia situación para corroborar que no existan errores.
- Varias modalidades de visualización: el asalariado podrá verificar los detalles de los CFDI’s emitidos cada mes por su empleador, la acumulación total anual de pagos de uno o varios patrones y también esto por mes.
- Detección oportuna de inconsistencias: el visor permite corroborar la información generada en cada recibo de nómina y envía alertas en caso de que haya incongruencias. Un caso particularmente llamativo es que, según lo sucedido en la declaración anual pasada, en muchas ocasiones hay errores en las facturas emitidas a los trabajadores, las cuales son marcadas como exentas y, sin embargo, contienen clave de gravadas, y esto hace que el sistema vaya acumulando los impuestos, conforme a lo dicho por la representante del SAT.
Esta cuestión es de especial interés pues, en caso de haber saldos a favor, estos no podrán ser devueltos si existen incongruencias entre la información presentada por el trabajador –en caso de que realice su propia declaración— y la empresa, pues serían declarados como no procedentes por inconsistencias.
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