SAT apresurará devolución de saldos a favor
Como parte de las acciones emprendidas para mitigar las afectaciones a causa de la actual emergencia sanitaria por la propagación del coronavirus COVID-19, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) agilizará la devolución de saldos a favor para hacerlo en un tiempo récord de tres días, esto según lo dio a conocer la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) a finales de marzo:
“Con motivo de la emergencia sanitaria y en apoyo a la economía de los contribuyentes, el SAT implementó mecanismos para devolver en un plazo de tres días los saldos a favor. Por lo que si el 1 de abril del 2020 los contribuyentes presentan su declaración anual normal o complementaria del ejercicio 2019, el saldo a favor autorizado les será depositado el 3 de abril del 2020”.
Cabe destacar que este esfuerzo de las autoridades fiscales en pro de la economía de los contribuyentes cumplidos –personas físicas y morales— no es poca cosa, esto si se tienen en cuenta que el periodo que se tiene por ley para hacer la devolución es de 40 días.
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En este sentido, a partir de hoy veremos si el órgano desconcentrado de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP) es capaz de cumplir con esta promesa a todos aquellos que desde el día primero han presentado su declaración anual y de qué manera se sigue llevando a cabo esta labor durante el resto del mes, pues recordemos que el 30 de abril es la fecha límite para reportar la información correspondiente al ejercicio del año pasado.
Un triunfo empañado
Aunque, como hemos dicho, esta acción representa un beneficio palpable para los contribuyentes, quizás se vea un poco empañada por la negativa ante otras peticiones que la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), organizaciones de la iniciativa privada, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) y la misma Prodecon han hecho al SAT sin conseguir una respuesta afirmativa.
Entre ellas, destaca la petición de prórroga para presentar la declaración anual hasta que la crisis por el brote de la nueva enfermedad se haya aminorado, además de la opción de efectuar el pago de los impuestos reportados en seis parcialidades sin ser susceptibles de interés fiscal.
Sin embargo, aunque aún no se han implementado acciones en este sentido, tendremos que estar muy al pendiente de nuevos cambios y resoluciones ante la actual contingencia sanitaria, cuyo avance exige la respuesta de las autoridades para resolver diversos problemas en este y otros ámbitos de interés nacional.
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