¿Qué cambios esperar con la reforma al outsourcing?
Una de las reformas más temidas y criticadas al mismo tiempo es la del outsourcing, que busca evitar actividades como la defraudación fiscal, las malas prácticas relacionadas con la subcontratación y fortalecer los derechos de los trabajadores mexicanos que establece la Ley Federal del Trabajo.
El outsourcing se trata de una modalidad de trabajo en donde las empresas tercerizan algunas actividades hacia una empresa externa, de modo que no se tengan obligaciones legales con los empleados que prestan sus servicios.
Existen muchos tipos de servicios de outsourcing, los más comunes son los de contabilidad, recursos humanos, cobranza, producción, soporte informático y limpieza. Esta modalidad se incluyó en la Ley Federal del Trabajo en el año 2012, y a partir de entonces las empresas se vieron beneficiadas al ahorrar costos de contratación, nómina, infraestructura, capacitación de personal, entre otros que les permitieron enfocarse en su actividad principal, sin perder calidad al subcontratar a otras empresas especializadas en esas áreas.
¿Si tiene tantos beneficios, por qué se pretende modificar la ley de outsourcing en México?
Si bien el outsourcing es regulado por la Ley Federal del Trabajo, ha sido una modalidad que suscitó prácticas irregulares en muchas empresas, como la evasión fiscal, salarios bajos, además de no respetar leyes como registrar a sus trabajadores ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para declarar pagos de nómina inferiores; además muchas empresas no permiten crear antigüedad a sus empleados ni dan reparto de utilidades o aguinaldo.
Ya que muchas empresas grandes subcontratan personal a través de compañías pequeñas para no pagar utilidades ni dar prestaciones de ley, el Estado ha tenido pérdidas en materia de recaudación fiscal. Por ello, la reforma busca introducir cambios en la Ley Federal del Trabajo, la Ley del Seguro Social y la Tributaria.
De acuerdo con el procurador Fiscal de la Federación, Carlos Romero Aranda, la reforma llegará antes del 30 de abril, y si bien permitirá que se realice la contratación de servicios especializados, las empresas no podrán subcontratar a otras que realicen la misma función que su razón social.
Las empresas ya no podrán transferir su nómina a un tercero, pero pueden contratar servicios profesionales de limpieza, jurídicos o médicos si no es su objeto social; por ello, la recomendación es comenzar a reestructurar las contrataciones, ponerse al día con las contribuciones y declaraciones para evitar sanciones ya que, de acuerdo con Romero Aranda, podría no haber periodo de transición.
Se estima que las sanciones sean multas de entre 2.000 a 50.000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para quien preste un servicio de subcontratación sin la autorización correspondiente y para la empresa que se beneficie de sus servicios.
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