¿Qué pasa si no presenté mi declaración anual?
El pasado lunes 31 de mayo fue la fecha límite para que las personas físicas presentaran la declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2020; a partir de junio, las declaraciones presentadas son extemporáneas, y pueden conllevar una sanción por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT) que podrían ser cinco castigos por incumplimiento que a continuación te contaremos.
Antes que nada, es necesario aclarar que las sanciones del SAT pueden aplicar aunque el contribuyente presente su declaración de forma espontánea, o sea, sin un requerimiento por parte de la autoridad fiscal. Si te confiaste o tuviste un problema que te impidió cumplir con la declaración anual, te recomendamos presentarla lo antes posible ya que el sistema del SAT es automático, y entre más tiempo tardes, peor puede ser la sanción.
Actualizaciones y recargos
Cuando el contribuyente no cubre la contribución en la fecha o plazo fijado por el SAT, el monto se actualizará desde el mes en que debió hacerse el pago hasta que se efectúe, además de añadirse recargos por retraso e incumplimiento con las disposiciones del fisco federal. Si además de la declaración extemporánea tienes saldo en contra, tendrás que pagar las actualizaciones y recargos con base en la inflación, por lo que el monto será mayor al que esperabas al sumar la contribución omitida y la tasa de recargo.
Multas
No presentar la declaración a través de los medios electrónicos del SAT teniendo la obligación de hacerlo, es una infracción en la cual el SAT puede cobrar desde mil 560 hasta 38 mil 700 pesos, dependiendo de la situación fiscal del contribuyente en caso de ser persona moral, para las físicas la multa es de 15 mil 860 a 31 mil 740 pesos.
Antecedente de incumplimiento
Presentar la declaración de forma extemporánea dejará una huella de incumplimiento para el SAT, que si bien te puede parecer insignificante, es muy importante para el fisco ya que este califica a los contribuyentes de forma automática con base en la información que tiene de ellos en su sistema.
Determinación de utilidad
Si dejas pasar el tiempo y sigues sin presentar la declaración anual en este mes de junio, el SAT puede hacer una determinación estimativa de tus ingresos en la que aplica un factor para presumir la utilidad de las personas físicas. Este factor puede ser del 20% al 50% en el caso de honorarios, como en el caso de dentistas, médicos, contadores o abogados, quienes están en este régimen fiscal de servicios profesionales.
Estos profesionales deben emitir la factura electronica correspondiente a sus servicios cuando sus clientes la soliciten, sin embargo muchos pagan en efectivo o depósito bancario y, por ende, los contribuyentes piensan que no deben presentar su declaración anual.
Sin embargo, el SAT puede pedir los estados de cuenta del contribuyente al banco para revisar sus ingresos, y puede tomar en cuenta el 50% de los depósitos que reportó el contribuyente como utilidad y hacer el cálculo de impuestos con base en esa cantidad, lo que puede ser complicado y generar una deuda muy grande con el fisco.
Cancelación de sellos digitales
El SAT puede restringir el certificado de sello digital de forma temporal, lo que impedirá al contribuyente emitir comprobantes fiscales hasta que cubra su deuda y presente su declaración.
En Facturador.com te recomendamos que presentes tu declaración anual, si aún no lo has hecho, y te invitamos a conocer nuestras soluciones de facturación y contabilidad electrónica, así como el servicio de asesoría contable en línea para que cumplas con tus obligaciones fiscales en tiempo y forma, y evites los problemas con el SAT.
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