Pagos en efectivo a tarjetas de crédito, también se reportan al SAT
Probablemente ya sepas que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no cobra impuestos a los depósitos en efectivo que no sean por un monto mayor a $15k MX, de acuerdo como lo marca la Ley del ISR, en la fracción IV del Artículo 55.
Pero los bancos sí tienen la obligación de reportar los depósitos mayores a esa cantidad y puede dar información sobre otros ingresos que perciban los usuarios si el órgano fiscalizador la solicita.
Además, los pagos a las tarjetas de crédito también son reportados al SAT. Los bandos deben informar al SAT antes del día 17 de cada mes para hacer más ágiles y eficientes las auditorías y combatir de forma expedita los casos de evasión fiscal.
Los pagos en efectivo que se destinen al pago de préstamos, financiamientos o créditos son reportados por los bancos al SAT en caso de que superen los $15k MX al mes.
Estos depósitos en efectivo pueden ser en moneda nacional o extranjera, y se realizan en cualquier cuenta que personas físicas o morales tengan a su nombre en instituciones del sistema financiero.
Las adquisiciones en efectivo de cheques de caja también son consideradas como depósitos en efectivo, de acuerdo con la Ley de impuesto sobre la renta (LISR).
Hace unos años, el SAT cobraba el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), el cual era retenido por los bancos. Este gravamen se eliminó con la reforma fiscal que en el año 2014 entró en vigor.
Pero las instituciones del sistema financiero siguen reportando a la autoridad tributaria los pagos a tarjetas de crédito o préstamos y en ese caso, el SAT puede enviar una carta invitación al contribuyente para que demuestre el origen de dichos recursos.
Esta carta invitación, como su nombre indica, invita al contribuyente a aclarar la situación con el soporte documental para amparar los depósitos y demostrar a la autoridad que no se debe pagar un impuesto omitido por ingresos.
De no responder a la invitación, el siguiente paso podría ser una auditoría fiscal para detectar discrepancias, ingresos omitidos o la falta de impuestos que se tendrán que pagar con sus correspondientes sanciones.
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