¿Eres profesional de la salud? Conoce estos gastos deducibles en tu campo
¿Eres profesional de la salud y temes a los impuestos? ¡Despreocúpate! Hoy en el blog de Facturador.com te contaremos cuáles son los gastos deducibles para médicos, enfermeros, dentistas y otros profesionales de la salud. Quédate a leer.
“Soy médico… ¿qué impuestos debo pagar?”
Al igual que otros profesionistas y emprendedores, los médicos también deben declarar sus ingresos y pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA), entre otros, para contribuir con la recaudación fiscal.
Los profesionales de la salud que deben pagar impuestos son:
- Profesionales que reciben ingresos por honorarios
- Profesionales de la salud que reciben otros ingresos acumulables como arrendamiento o actividad empresarial.
- Médicos o enfermeros que hayan trabajado para dos o más patrones en un mismo año
- Profesionales de la salud que hayan obtenido ingresos de más de 400 mil pesos en el año.
¿Cuál es el régimen fiscal para médicos y profesionales de la salud?
Los profesionales de la salud pueden pagar impuestos a través de los siguientes regímenes:
Sueldos y salarios
Los profesionales de la salud que reciben ingresos por nómina porque trabajan en una clínica, consultorio u hospital deben darse de alta en el régimen de Sueldos y Salarios. En este caso, el patrón se hará cargo de pagar los impuestos correspondientes, así como de gestionar tu prima vacacional, aguinaldo, reparto de utilidades, entre otros.
Asimilados a salarios
En el caso de los profesionales de la salud que reciben ingresos de forma ocasional por parte del patrón, deben darse de alta en el régimen de Asimilados a salarios, que tiene obligaciones similares al de Sueldos y Salarios respecto al pago de ISR, pero sin que el empleado cotice en el IMSS o ISSSTE al no haber un contrato fijo. En este caso, el patrón presenta las declaraciones informativas y el pago de impuestos, pero el empleado debe presentar su declaración anual.
Persona física con Actividad Empresarial y Profesional
Si brindas consultas privadas, debes darte de alta como persona física con Actividad Empresarial y Profesional para emitir recibos de honorarios a tus pacientes y encargarte del pago de ISR, declaraciones mensuales y anuales.
Si además de dar consulta privada trabajas ocasionalmente en una clínica u hospital, podrás estar de alta en los dos regímenes. Ojo, en estos casos debes declarar el total de tus ingresos y calcular el pago de ISR correspondiente.
En caso de ser persona física con Actividad Empresarial y Profesional tendrás el beneficio de deducir los gastos indispensables para tu práctica profesional. Conócelos a continuación.
Gastos deducibles para médicos y profesionales de la salud
Al igual que otros profesionales que forman parte del régimen de persona física con Actividad Empresarial, los médicos pueden deducir los gastos indispensables para su práctica profesional, como:
- Renta del consultorio o clínica
- Material de curación
- Compra de mobiliario: escritorios, sillas, mesas de exploración, etc.
- Salarios de enfermera, asistentes, secretaria y personal administrativo.
- Cuotas patronales ante el IMSS.
- Pago de servicios del consultorio: electricidad, agua, gas, internet, etc.
- Gastos de mantenimiento del consultorio: limpieza, jardinería, reparaciones, remodelaciones, etc.
- Herramientas tecnológicas de trabajo: agendas digitales, computadoras, impresoras, teléfonos, etc.
Además, como persona física tienes deducciones personales como:
- Transporte: compra, mantenimiento, reparación y gasolina de tu vehículo, el cual debe estar registrado a tu nombre y especificar que lo usas para tus actividades laborales.
- Gastos de tus hijos: los gastos educativos como colegiaturas de preescolar (máximo 14,200 pesos), primaria (máximo 12,900 pesos), secundaria (máximo 19,900 pesos), bachillerato (máximo 24,500 pesos), profesional técnico (17,100 pesos).
- Gastos médicos, dentales, en psicología: tratamientos, consultas y hospitalización.
- Análisis clínicos y estudios de imagen.
- Lentes ópticos graduados.
- Compra de prótesis y aparatos de rehabilitación.
- Seguros de gastos médicos mayores, complementarios o independientes.
- Intereses de créditos hipotecarios.
- Gastos funerarios para tu cónyuge, hijos, padres, abuelos o nietos.
- Aportaciones voluntarias al Sistema de Ahorro para el Retiro
¿Cómo deducir estos gastos?
Para deducir tus gastos debes asegurarte de solicitar las facturas por cada compra que realices. De preferencia, estas compras debes pagarlas con medios electrónicos como transferencias, tarjeta de crédito o débito. Además, debes conservar tus facturas y llevar un registro detallado de cada gasto: fecha, monto, proveedor, descripción y facturas para facilitar tus declaraciones, pago de impuestos y deducciones.
Finalmente, te recomendamos separar los gastos personales y profesionales para llevar un control contable más preciso.
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