¿Qué hacer en caso de una auditoria electrónica?
Como parte de las reformas que ha instaurado el Servicio de Administración Tributaria (SAT) está que los contribuyentes tienen la obligación de llevar su sistema contable en línea y mandarla a las autoridades a través del Buzón Tributario, de la misma manera todos pueden estar sujetos a tener una revisión electrónica en caso de que se detecte alguna anomalía entre los ingresos y gastos del contribuyente.
Desde el último trimestre de 2016 el SAT comenzó a realizar las auditorias como parte de su facultad de comprobación electrónica, pero ¿sabes cómo se llevan a cabo y qué debes hacer si te realizan una? A continuación te explicamos cómo es el procedimiento.
- El SAT realiza la investigación del contribuyente y envía a través del Buzón Tributario la notificación donde puede incluirse una liquidación provisional.
- A partir de que se recibe la notificación el contribuyente tiene 15 días para dar una respuesta, ya sea que acepte la liquidación provisional o que proporcione más información para desvirtuar las irregularidades.
- Si el contribuyente aceptó dichas irregularidades tendrá la opción de corregir su situación en un plazo de 15 días realizando el pago total de las contribuciones contenidas en el oficio de preliquidación y podrá obtener un beneficio pagando una multa equivalente al 20% de las contribuciones obtenidas. También existe la posibilidad de que la autoridad requiera más información y si es de esa manera entonces el contribuyente tendrá 10 días para entregarla, una vez que se tenga la autoridad tendrá 40 días para emitir una resolución.
- En caso de que el contribuyente opte por la opción de presentar pruebas para aclarar su situación la autoridad tiene 40 días para emitir una resolución.
- Si transcurren los 15 días a partir de la notificación y el contribuyente no da una respuesta entonces la resolución provisional se tomará la preliquidación como definitiva mediante el procedimiento administrativo de ejecución.
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