Obligaciones fiscales para todas las empresas
La era digital avanza a pasos agigantados hacia las empresas, este 2015 las obligaciones fiscales también se vuelven electrónicas y toda compañía que facture igual o más que 4 millones de pesos debe cumplir al pie de la letra. A continuación te decimos cuáles son.
Contabilidad Electrónica
Toda empresa que facture 4 millones de pesos o más al año debe emitir su contabilidad electronica en la que debe incluir catálogo de cuentas, balanza de comprobación y, en caso de requerir la devolución de impuestos, las pólizas contables y auxiliares de cuenta.
En caso de que el contribuyente haya cometido un error en la declaración tendrá hasta cinco días para corregirla, sin embargo si el SAT solicita algún tipo de aclaración o necesita realizar una revisión, el contribuyente podrá presentar solo la información solicitada.
En cambio, los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) declararán de forma bimestral a través de la herramienta Mis Cuentas del SAT. Esta herramienta fue diseñada para las personas físicas que presten bienes o servicios, que no cuenten con cédula profesional, que facturen menos de dos millones de pesos al año o que ejerzan algún oficio. Micronegocios, comerciantes o prestadores de servicios entran en este régimen, pero personas con ingresos por arrendamiento, comisiones o que sean socios de una empresa no entran en este régimen.
Agilizar la Declaración Informativa para Operaciones con Terceros
Se espera que la Declaración Informativa para Operaciones con Terceros (DIOT) se realice este 2015 a través de un PAC. Esta declaración la realizan las personas físicas o morales que realizan actividades o actos gravados con IVA para reportar la prestación de servicios profesionales y arrendamiento de bienes.
Los contribuyentes que no presenten su DIOT mensualmente pueden pagar multas que van de los 9,430 a los 18,860 pesos.
Eliminación de certificados de retenciones
Las retenciones son reservas de impuestos de IVA o de ISR que se efectúan al contribuyente por el pago de servicios o adquisiciones de bienes. Las personas morales que reciban servicios profesionales independientes, que usen o gocen temporalmente de bienes prestados por personas físicas.
Estas retenciones no son necesarias si en el recibo de nómina del trabajador ya van especificadas.
Uso forzoso del CFDI
Toda empresa sin importar su tamaño y las personas físicas con actividad empresarial debe emitir CFDI; las personas morales lo tienen que emitir a través de un PAC, y las personas físicas con actividad empresarial pueden hacerlo con la herramienta Mis Cuentas del SAT o aprovechar las soluciones gratuitas de los PAC.
Una empresa que no facture electrónicamente correrá el riesgo de perder a sus clientes puesto que ellos necesitarán el CFDI que les ayude a deducir y comprobar sus gastos y preferirán a las empresas que puedan proporcionarlos.
Recepción, validación y resguardo de archivos XML
Como todos sabemos, las facturas impresas en papel no tienen validez ante el SAT, ni siquiera el PDF impreso, que podemos tener como representación impresa del CFDI, por lo cual es necesario almacenar el archivo XML de cada factura electrónica. Además es necesario supervisar la validez de cada factura, por lo que es necesario que el PAC de tu elección cuente con servicio de validación de CFDI pues una factura no válida no puede ser deducible ante el SAT.
Emisión de nómina electrónica
Toda empresa debe emitir recibos de nomina electrónica a sus empleados, durante el 2015 el SAT será más exigente para hacer valer esta obligación que, además es 100% deducible de impuestos. Este recibo de nómina debe emitirse en formato de CFDI en cada erogación, es decir, si el pago es quincenal deben emitirse dos recibos de nómina al mes.
En Facturador Electrónico contamos con soluciones para que toda empresa pueda cumplir con sus obligaciones fiscales así como con una solución gratuita para que las personas físicas facturen electrónicamente. Navega en nuestro sitio y conócelas.