¿Cómo cambiará la política de cancelación del CFDI a partir de julio?
Si creías que lo cambios que trajo la factura 3.3 habían sido los últimos que tendrías que hacer en temas de facturación electrónica, tenemos noticias importantes para ti. A partir del 1 de julio tentativamente entrará en vigor la nueva política de cancelación del CFDI, la cual tiene como objetivo evitar la cancelación indebida de comprobantes fiscales.
Uno de los problemas más recurrentes que se han detectado en el tema de la facturación electrónica es la cancelación de CFDI, lo cual afecta a los contribuyentes, por lo que la nueva política pretende beneficiar a los receptores del CFDI al proteger que el emisor no realice la cancelación de forma arbitraria lo cual afectaría la posibilidad de deducir el Impuesto Sobre la Renta (ISR) o acreditar el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
De acuerdo con las disposiciones fiscales aplicables para cancelar un CFDI sólo podrá hacerse cuando el receptor acepte la cancelación y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) será quien establezca la forma y medios para aceptar dicha solicitud.
¿Cuál es el medio para solicitar la cancelación de un CFDI?
El medio por el cual los contribuyentes solicitarán la cancelación de un CFDI es a través del Buzón Tributario del SAT, éste es el canal de comunicación que utiliza el SAT para comunicarse de manera directa con el contribuyente, antes sólo se utilizaba para ciertos efectos, ahora será vital para el proceso de cancelación de CFDI.
Los pasos que se deberán seguir para solicitar una cancelación son los siguientes:
- Los emisores de la factura enviarán una solicitud de cancelación al receptor a través del Buzón Tributario.
- El receptor tiene un plazo de 72 horas para aceptar o negar la cancelación de la factura a través del mismo medio de contacto.
- Si después de 72 horas el receptor no ha manifestado una respuesta se considerará que acepta la cancelación del CFDI.
¿En qué casos se requiere la autorización del receptor para cancelar la factura?
- Error en los datos fiscales del emisor
- Error en la forma y método de pago
- Si hubo una mala asignación de las claves de los productos, servicios o en la descripción.
- Al no recibir el pago de la factura correspondiente de parte del receptor.
- Esto aplica siempre y cuando se trate de un CFDI de ingresos mayor a 5 mil pesos y que haya emitido después de 72 horas.
¿Cuándo no es necesaria la autorización del receptor para cancelar la factura?
- Cuando los ingresos sean por un máximo de 5 mil pesos
- Si es un CFDI de nómina emitido a los asalariados o asimilados
- En un CFDI de egresos como notas de crédito por devolución o bonificación
- En CFDI de traslado en caso de transporte de mercancías.
- Cuando un CFDI es expedido a contribuyentes del RIF.
- Si la cancelación se hace dentro de las 72 horas inmediatas a su expedición.
- Si se emite a través de la herramienta “Mis cuentas” en el aplicativo “Factura Fácil”.
- Si el CFDI ampara retenciones e información de pagos.
- Cuando se expide en operaciones realizadas con el público en general de conformidad con la regla 2.7.1.24 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF).
- Si se emite a residentes extranjeros para efectos fiscales conforme a la regla 2.7.1.26 de la RMF.
Es importante que las empresas y contribuyentes evalúen los cambios para asegurarse de estar preparados para la entrada en vigor de la nueva política de cancelación de CFDI. En Facturador.com estamos comprometidos con brindar a nuestros usuarios los mejores servicios de facturación electrónica e incluir los cambios que las autoridades fiscales soliciten.
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