¿Cuál es el proceso de cancelación de un CFDI?
A menos de un mes de la entrada en vigor de la cancelación del Comprobante Fiscal Digital por Internet o mejor conocido como CFDI, te explicaremos el paso a paso del procedimiento de cancelación para que puedas estar preparado y no te tome por sorpresa.
Es probable que pienses que se trata de un trámite más que tendrás que implementar y que implica trabajo extra que se suma a la lista de tus actividades, pero en realidad, la cancelación del CFDI responde a una necesidad inminente de resolver situaciones que los contribuyentes estaban manifestando.
Seguramente en algún momento tú también te viste afectado por la cancelación de algún comprobante sin tu consentimiento, provocando que el CFDI estuviera como parte de tu contabilidad para deducir un impuesto que no estaba siendo identificado ni contabilizado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Lo cual generaba problemas en tu contabilidad y declaraciones respectivas.
Con el nuevo proceso de cancelación de CFDI el contribuyente tendrá visibilidad sobre las cancelaciones de los comprobantes que se le expidan, así como de las peticiones para cancelarlos, las cuales tendrá que aprobar o rechazar. Este proceso implica que las personas responsables de las áreas contables, así como los mismos contribuyentes se preparen para tener una buena organización y adecuaciones para el cumplimiento de este procedimiento.
Proceso de cancelación
Para cancelar un CFDI el contribuyente deberá realizar el siguiente modelo:
- El emisor del comprobante deberá enviar al receptor una solicitud de cancelación a través del portal del SAT o de su proveedor de factura electrónica.
- El receptor recibirá la notificación de la solicitud de cancelación a través del Buzón Tributario, por lo que se recomienda revisar continuamente.
- El receptor del CFDI tendrá que aceptar o rechazar la cancelación de ese comprobante fiscal a través del portal del SAT o de su proveedor de factura electrónica.
- En caso de que el contribuyente no emita una respuesta en las próximas 72 horas a partir de recibir la solicitud, el SAT considerará la aceptación automática de cancelación del comprobante.
- El emisor podrá cancelar el CFDI sin requerir la aceptación del receptor cuando: los ingresos sean por un monto de hasta 5 mil pesos, se trate de un concepto de nómina, por concepto de traslado o egresos, si amparan la retención e información de pagos, si se emite a través de la herramienta “Mis cuentas” en la sección de Factura Fácil, por concepto de ingresos expedidos a contribuyente del RIF, si se emite a residentes en el extranjero para efectos fiscales conforme a la regla 2.7.1.26 o si se expide en operaciones hechas con el público en general de conformidad con la regla 2.7.1.24
En Facturador.com estamos realizando los cambios necesarios para que nuestros clientes puedan cumplir con el nuevo proceso de cancelación de comprobantes, con la finalidad de hacer los procesos más sencillos y automáticos, aprovechando al máximo nuestro sistema de contabilidad electrónica.
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