SAT otorga prórroga para cancelar facturas
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que brindará una prórroga para la entrada en vigor del nuevo proceso de cancelación de facturas que está previsto en el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación, el cual dicta que para cancelar un CFDI se requiere de la aprobación de la persona a quien se le expidió.
La prórroga será al 1 de noviembre de 2018 y de acuerdo con el SAT se tomó esta medida como parte de las peticiones que recibieron por parte de diferentes actores involucrados en los procesos para realizar dicha cancelación al considerar los requerimientos administrativos y tecnológicos con los que se deben cumplir.
Así que si aún no has implementado el proceso de cancelación del CFDI todavía estás a tiempo de hacerlo. Para que tú y tu empresa puedan cumplir con los requisitos del proceso de cancelación de facturas te compartimos un resumen con los puntos más importantes que debes considerar.
Razones para cancelar una factura.
Los contribuyentes podrán cancelar un CFDI si cumple con alguno de los siguientes requisitos:
- Tiene datos erróneos como razón social, domicilio, RFC, entre otros.
- No se han respetado las condiciones comerciales entre emisor y receptor.
- Hay inconsistencia en importes como impuestos.
- No se hizo el pago de la factura.
- Hay errores en el manejo de conceptos.
¿Cómo es el proceso de cancelación?
Para cancelar un CFDI que requiera la aceptación por parte del emisor se deberá realizar el siguiente proceso:
- Quien emite la factura enviará una solicitud de cancelación al receptor a través del servicio de cancelación que está disponible en la página del SAT o de alguno de los servicios de un proveedor de certificación.
- El receptor recibirá un mensaje en el Buzón Tributario que contendrá datos como RFC, nombre del emisor y número de folio fiscal de la factura a cancelar. También recibirá un mensaje a su correo electrónico donde se le informa que recibió una solicitud de cancelación y que deberá consultar su Buzón Tributario para obtener más detalles.
- El receptor ingresará al Buzón para revisar el mensaje y realizar el procedimiento de aceptación o rechazo de la cancelación. A partir de recibido el mensaje, el contribuyente tendrá tres días para emitir una respuesta, si no lo hace entonces la cancelación se hará automáticamente.
En aquellos casos donde no se requiera de la solicitud de cancelación para el receptor, la factura podrá cancelarse de manera inmediata.
Realizar la petición de cancelación, consultar los estados de la factura, aceptar o rechazar las cancelaciones también podrás hacerlas de manera masiva a través de un sistema de contabilidad electrónica como Facturador.com, donde a través de un único sistema podrás gestionar tu información contable.