¿Eres emprendedor? Evita estos errores que te pueden salir muy caros ante el SAT
Si trabajas por honorarios, eres emprendedor o brindas servicios profesionales, probablemente tengas mucha libertad en tus horarios y días de trabajo, pero esta independencia viene acompañada por obligaciones fiscales que no debes dejar pasar, pues hacerlo sería un error que te puede salir muy caro ante el SAT. Hoy te contaremos cuáles son, acompáñanos a leer.
Darte de alta en el RFC con nombre o domicilio incorrecto
Si escribes tu nombre con abreviaturas, omites tu apellido, o bien, palabras o alguna letra de la denominación o razón social estarás incurriendo en un error de identidad. Asegúrate de anotar tus datos completos, tal como aparecen en el acta de nacimiento o constitución de tu empresa.
Ahora bien, si el comprobante de domicilio no coincide con el señalado domicilio fiscal, estarás ocultando información vital para el SAT, así que debes llevar un comprobante de no más de tres meses de antigüedad, correspondiente a servicios de luz, agua, predial o teléfono.
Inscribirte al RFC cuando ya tenías una inscripción previa
La inscripción o alta en el Registro Federal de Contribuyentes se realiza solo una vez, aunque hayas suspendido la actividad anterior: por ejemplo, si cerraste tu negocio. Lo más recomendable, si tienes dudas, es consultar tu registro en el RFC y verificar tu situación fiscal antes de comenzar un nuevo negocio o tratar de emitir facturas electrónicas.
Si suspendes actividades, y reinicias más adelante, debes avisar al SAT ya sea que sigas en el mismo régimen o en otro, para expedir facturas electrónicas, y debes actualizar las obligaciones correspondientes a tus actividades económicas.
Omisiones en pagos y declaraciones
Si omites las declaraciones mensuales, pagos de impuestos, tratas de ocultar los ingresos que obtienes, puedes ser sancionado por el SAT. Todo contribuyente que obtiene ingresos por servicios profesionales debe presentar declaraciones mensuales del Impuesto Sobre la Renta y puede descontar los gastos efectuados por su actividad económica. En caso de no haber recibido ingresos, el contribuyente debe declararse en ceros, y si esto persiste en meses posteriores, entonces ya no se presentan declaraciones.
Las declaraciones mensuales deben hacerse de forma manual, a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponde el pago, mientras que la declaración anual la presentan en abril las personas físicas. En caso de no cumplir ese plazo, el SAT puede aplicarte el pago de una multa.
Errores al deducir gastos
Muchos contribuyentes incluyen en los gastos del negocio las compras de despensa, pago de servicios de su domicilio, compra de ropa, entre otros que no se relacionan con la actividad empresarial y, por ende, no son deducibles de impuestos.
Por su parte, los gastos por honorarios médicos, hospitalarios, dentales, fúnebres o donativos no se deben deducir en las declaraciones mensuales, sino en las anuales.
Deducir gastos sin CFDI
El Comprobante Fiscal Digital por Internet, CFDI o factura electrónica es la única forma de comprobación fiscal y debes solicitarla ante cada gasto, compra, pago o inversión. Las notas de venta no son deducibles, además recuerda que el comprobante debe ser expedido a tu nombre para que sea deducible.
No emitir tickets o notas de venta
No todos los clientes solicitan una factura al comprar o adquirir un servicio, sin embargo se debe proporcionar una nota de venta o ticket de la máquina registradora como comprobación fiscal, aunque no lo hayan pedido, ya que no hacerlo es una infracción y puedes ser sancionado con una multa o, en el peor de los casos, pueden clausurar tu establecimiento.
No llevar la contabilidad
Para un mejor control fiscal, es importante contar con registros de ingresos y egresos en libros, de modo que se tengan la información actualizada, a la mano y lista para presentarse al SAT cuando lo requiera. Además de cumplir con Hacienda y evitar sanciones, esto te ayudará a tomar mejores decisiones para tu negocio.
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