A partir de enero de 2022 el CFDI cambió de versión, siendo ahora 4.0 y junto con ello también se actualizará la información del Complemento de Pago y la cancelación de los Comprobantes Fiscales. Habrá un periodo de convivencia de la versión 3.3 y 4.0, el cual será del 1 de enero al 31 de marzo de 2023.
El CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) versión 4.0 es una actualización de la Reforma Fiscal 2022 por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y es la versión actualmente vigente. Un CFDI versión 4.0 puede ser cualquier tipo de comprobante fiscal realizado de manera digital y certificado por el SAT de tipo ingreso, egreso, traslado, nómina o pago, ya sea a través de un Proveedor Autorizado de Certificación o directamente en el portal del SAT.
Los cambios entraron en vigor el 1 de enero de 2022, y se tendrá un
tiempo en el que convivirán ambas versiones (3.3 y 4.0). De forma obligatoria
sólo se podrán emitir CFDI versión 4.0 a partir del 1 de abril de 2023,
por lo que el tiempo de convivencia será del 1 de enero al 31 de marzo de 2023.
El sistema de Facturador.com está actualizado con la versión CFDI 4.0, y ya
puedes emitir sin contratiempos y cumpliendo con el SAT.
Si eres cliente de plataforma web no debes de realizar ningún cambio, ni realizar algún pago extra. La plataforma se actualiza de forma transparente, y de manera que sea muy natural para nuestro cliente. Si tienes alguna duda, nuestro equipo de soporte puede asesorarte.
En el caso de ser cliente de timbrado y conector, te invitamos a estar atento a nuestros comunicados. Nuestro equipo de desarrollo está trabajando en los cambios y aprobación del SAT para que puedas realizar los respectivos ajustes en tu sistema.
El SAT ha indicado que esta información se debe escribir igual que cómo aparece en la Constancia de Situación Fiscal, en mayúsculas. De igual forma al teclearlo dentro del sistema de facturación 4.0 se debe tener cuidado de no dejar espacios o caracteres adicionales, porque esto impediría la generación del CFDI.
El dato requerido por el SAT es sólo el Código Postal, tanto del emisor como del receptor, y este código postal debe de coincidir con la información registrada en el SAT. De igual forma se puede verificar en la Constancia de Situación Fiscal.
Para aquellos contribuyentes que emitan factura al público en general deberán indicar el periodo que corresponde las transacciones que engloban en el CFDI. Para indicar esta información se implementan nuevos campos como periodicidad, mes y año. También se validará el nombre o razón social, al ser a un RFC genérico (XAXX010101000) en razón social debe ir PUBLICO GENERAL.
Exportación:
En el CFDI versión 4.0 se debe de indicar si los productos que implican en la operación comercial son productos de exportación, y si ésta es definitiva o temporal.
PERIODICIDAD:
es un catálogo que se usa en las facturas globales, y se deberá indicar el periodo que corresponde la información del comprobante.
Meses:
al igual que el catálogo anterior, este catálogo se usa en las facturas globales para indicar el o los meses al que corresponde la información del comprobante.
Objeto de impuesto:
es un catálogo para indicar si el producto o servicio es objeto de
impuesto y las opciones que se tienen son
01 - No objeto de impuesto
02 – Sí objeto de impuesto
03 – Sí objeto del impuesto y no obligado
al desglose.
Se podrá cancelar un CFDI siempre y cuando su fecha de emisión corresponda al mismo ejercicio en el que se quiere cancelar. Los contribuyentes que se encuentren en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) no podrán cancelar una factura global fuera del mes que se generó.
Acorde a la información proporcionada por el SAT, estos ajustes en el
proceso de cancelación entran en vigor el 1 de enero de 2022 para
cualquier tipo de CFDI, incluyendo versión 3.3 y 4.0.
Fuente: Tercera Resolución de Modificaciones a la RMF 2021
El complemento de pago versión 2.0 es sencillo de realizar, el equipo de Facturador.com ha hecho las adecuaciones en el sistema para extraer la información de
la factura 4.0 y que nuestros clientes no recapturen la información de los conceptos y montos, esto permite realizar el complemento de pago en pocos minutos.
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